Promusicae siempre apoyando la música española

¿Quién puede ser socio de PROMUSICAE?

Pueden ser socios de la Asociación las personas físicas o jurídicas que de modo habitual se dediquen a la producción de música grabada.

Se puede pertenecer a nuestra Asociación en alguna de estas categorías:

¿Desea más información?

admisiones@promusicae.es

Si es productor de música y desea que le enviemos más información acerca de las actividades de la Asociación y de los requisitos para asociarse a PROMUSICAE, por favor, envíenos un correo electrónico y en breve nos pondremos en contacto con usted.

Socios adheridos.

  • 1. Estar establecidos legalmente en España.
  • 2. Estar dados de alta, en su caso, en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas.
  • 3. Haber producido, con las licencias y autorizaciones pertinentes, un mínimo de 100 (cien) canciones en cualquier tipo de soporte actualmente conocido o que se invente en el futuro.
  • 4. Tener una antigüedad mínima de dos años en el ejercicio de las actividades propias de productor de música.
  • 5. Satisfacer la cuota de entrada que se establezca en cada momento.
  • 6. No pertenecer a ninguna otra Asociación cuyos fines sean similares, iguales, contrarios o que puedan entrar en conflicto con los de PROMUSICAE-Productores de Música de España.
  • 7. Ser admitido como socio adherido por el comité directivo de la Asociación.

Socios de pleno derecho.

  • 1. Estar establecidos legalmente en España
  • 2. Estar dados de alta, en su caso, en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas
  • 3. Haber producido, con las licencias y autorizaciones pertinentes, un mínimo de 500 (quinientas) canciones en cualquier tipo de soporte actualmente conocido o que se invente en el futuro.
  • 4. Tener una antigüedad mínima de cuatro años como socio adherido.
  • 5. Satisfacer la cuota de entrada que se establezca en cada momento.
  • 6. No pertenecer a ninguna otra Asociación cuyos fines sean similares, iguales, contrarios o que puedan entrar en conflicto con los de PROMUSICAE-Productores de Música de España.
  • 7. Ser admitido como socio de pleno derecho por el comité directivo de la Asociación.

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